EN SONORA QUEDARÁN PROHIBIDOS LOS CASTIGOS CORPORALES O HUMILLANTES EN CONTRA DE INFANTES.

Las personas que ejercen la patria potestad, custodia o tutela de un menor de edad, no podrán imponer un castigo corporal o cualquier otro trato humillante como forma de corrección disciplinaria, luego de aprobarse en el Congreso del Estado el proyecto de iniciativa del diputado Miguel Ángel Chaira Ortiz.

Por unanimidad los legisladores aprobaron reformar la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado, el Código de la Familia y la Ley de Prevención y Atención de la Violencia Familiar para el Estado de Sonora con el objeto de brindar una educación basada en amor, sin violencia, respeto recíproco, comunicación y confianza mutua.

Detalló que con las reformas realizadas se prevendrá, atenderá y se sancionará los casos en que las niñas, niños o adolescentes se vean afectados por castigos corporales y humillantes, así mismo se fortalecerá los derechos de todos los integrantes de la familia, en particular de los menores de edad, a que se respete su integridad física, psíquica y emocional, ampliando las obligaciones en esta materia de la madre, el padre o cualquier persona que ejerza la patria potestad para evitar que los corrijan de forma violenta.

“Las personas que tienen bajo su patria potestad a un hijo, tienen la obligación de protegerlo, educarlo con amor y respeto sin usar violencia familiar; por lo tanto quedan prohibidos los castigos corporales o humillantes en contra de los menores, a efecto de contribuir en su sano desarrollo físico y mental, así como su correcta formación como un ciudadano de provecho para nuestra sociedad”, expresó.

Chaira Ortiz subrayó que existen distintas formas de corrección y actuación ante la educación de los hijos y se debe coadyuvar al planeamiento de estrategias para mejorar la convivencia en casa que beneficie a corto y a largo plazo la construcción del tejido social basado en el respeto a los derechos humanos y una crianza positiva, puntualizó.