Hermosillo, Sonora
En Sonora se sancionará con penas de prisión a quien haga uso de vehículos rentados para cometer actos delictivos, Diputados del Congreso del Estado aprobaron por unanimidad la iniciativa de los legisladores Ernestina Castro Valenzuela, Héctor Raúl Castelo Montaño, Rosa Elena Trujillo Llanes, Natalia Rivera Grijalva, Ernesto de Lucas Hopkins, Jorge Eugenio Russo Salido e Iram Solís García.
La legisladora del Grupo Parlamentario de Morena, Ernestina Castro Valenzuela dio lectura al dictamen con proyecto de Decreto que adiciona los artículos 308 BIS F y 308 BIS G del Código Penal para el Estado de Sonora.
Castro Valenzuela resaltó que resulta necesario la incorporación de nuevos tipos penales para evitar que los delincuentes y el crimen organizado continúen aprovechándose de los vacíos legales para llevar a cabo conductas delictivas.
Detalló que se propone adicionan los artículos 308 BIS F y 308 BIS G al Código Penal del Estado de Sonora, para quedar como sigue:
ARTÍCULO 308 BIS F.- A quien rente uno o varios vehículos desviando su uso para el que le fue entregado por el arrendador y lo utilice para la comisión de un delito o delitos, se le impondrá la pena de dos a diez años de prisión.
ARTÍCULO 308 BIS G.- A quien rente un vehículo y sin consentimiento del arrendador disponga en partes o en su totalidad ostentándose como propietario o, en su caso, utilizando documentación falsa para venderlo o lleve a cabo algún otro acto de disposición, se le impondrá una pena de dos a doce años de prisión. En los casos referidos en los artículos 308 BIS F y 308 BIS G, los vehículos rentados serán considerados como robados para efectos legales y cuando el arrendatario presente documentación falsa se presumirá que es para su utilización en conductas delictivas o para disposición.